Resolución Expediente Acta Nº
Nº 339/019 0235-02-006-2019 40/2019
 
Referencia
MULTA DE UI 24.658 A ELENA MARGARITA ÁLVAREZ Y DE UI 25.000 A ACODIKE SUPERGÁS SA
 
Resolución

VISTO: La inspección realizada por el LATU el 26 de marzo de 2019, a la instalación de la señora Elena Margarita Álvarez, código RAGLP 608, sita en Lavalleja 1294, en la ciudad de Castillos, en el departamento de Rocha;

RESULTANDO: I) que según resulta de los antecedentes, se trataba de una instalación habilitada en la que se constató infracciones al artículo 8 del RPA por exceso de almacenamiento de GLP, y a los artículos 77 (recipientes destinados al almacenamiento de GLP fuera del depósito) y 68 del RTS (materiales ajenos a la actividad en el interior de la instalación);

II) que el asunto fue informado por una asesora técnica y un asesor letrado, recomendándose por estos la aplicación de sanciones a la titular de la instalación,  las que se determinaron en la suma de Unidades Indexadas 24.658;

III) que asimismo se entendió que el distribuidor Acodike, había incurrido en responsabilidad por incumplimiento al artículo 49 del RPA, proponiendo la aplicación de una multa de Unidades Indexadas 25.000;

IV) que se dio la vista de estilo a la titular y al distribuidor, no se presentaron descargos;

V) que la Gerencia de Fiscalización compartió lo actuado;

CONSIDERANDO: I) que las actuaciones reseñadas están de acuerdo con los lineamientos de fiscalización de esta Unidad Reguladora;

II) que se cumplió con el debido procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia;

ATENTO:  a lo dispuesto en la ley Nº 17.598 del 13 de diciembre de 2002 en la redacción dada por las leyes Nº 18.719 y Nº 19.149 y en demás normas concordantes y modificativas, en el Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de Gas Licuado de Petróleo, en el Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo del Gas Licuado de Petróleo aprobados por la Resolución  Nº 5/004, y en demás normas posteriores modificativas, y en las Resoluciones Nº 194/014, Nº 92/018 y Nº 237/019 sobre criterios generales para la aplicación de sanciones;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar multas por un total de Unidades Indexadas veinticuatro mil seiscientas cincuenta y ocho (UI 24.658) a Elena Margarita Álvarez, documento de identidad Nº 3.355.563-2, RUT 15.031187.0018, por lo expuesto y atento a lo que surge de obrados.

2) Aplicar una multa de Unidades Indexadas veinticinco mil (UI 25.000) a Acodike Supergás SA, por lo expuesto y atento a lo que surge de obrados.

3) Notifíquese, publíquese, regístrese en la base de sanciones.

4) Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de las multas impuestas. Oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 40/2019 de fecha 10/15/2019